La Comisión de Justicia del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó este martes el dictamen que adiciona el artículo 264 Bis al Código Penal estatal, con el objetivo de castigar penalmente el uso de ponchallantas. La medida contempla sanciones también para quienes fabriquen o comercialicen estos artefactos, y establece un aumento en la pena si se involucra a menores de edad.
El nuevo artículo propuesto establece que se impondrá una pena de tres a diez años de prisión, así como de 100 a 500 días de multa, además del decomiso de los objetos utilizados, a quien coloque o arroje en vías de comunicación cualquier objeto punzocortante que obstaculice el tránsito vehicular. Entre los objetos considerados están estrellas metálicas, abrojos, erizos, varillas y otros artefactos similares elaborados con materiales como el acero.
La misma pena se aplicará a quien fabrique, distribuya, comercialice o facilite la obtención de estos objetos con la intención de que sean utilizados para obstruir la circulación o causar daños a terceros.
El dictamen precisa que se entenderá por vía de comunicación a todas aquellas rutas de tránsito como calles, bulevares, caminos, veredas, terracerías, avenidas, carreteras, autopistas y libramientos.
Las sanciones se incrementarán hasta en una mitad si en la comisión del delito se utiliza a uno o varios menores de edad, o si el responsable es o fue servidor público dentro de los cinco años previos al hecho.
El dictamen fue aprobado por las diputadas y diputados Yeraldine Bonilla Valverde, Ambrocio Chávez Chávez y Erika Rubí Martínez Rodríguez, quienes fungen como presidenta, secretario y vocal de la Comisión de Justicia, respectivamente.
Esta propuesta legislativa se construyó a partir de dos iniciativas: una presentada por un grupo de abogados y otra por el Grupo Parlamentario de Morena.